Con la firme convicción de servir a la población como lo he hecho siempre durante mi trayectoria como Gestora Social, comparto este espacio con ustedes, donde además de informarles sobre mi trabajo, en beneficio de la ciudadanía, escucharé sus propuestas y comentarios, que servirán como retro alimentación para mejorar el desempeño de mi labor en pro de la Sociedad Victorense.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Inician regidoras campaña a favor de trabajadoras domesticas.

CONTEXTO de Tamaulipas.

Regidoras del ayuntamiento local iniciaron una campaña para dignificar la labor de las trabajadoras domesticas en Victoria, y es que a decir de las mismas representantes sociales hace falta mucha información al respecto.
La presidenta de la comisión de equidad de genero, Guadalupe Perea Almanza, dijo que se esta iniciando una campaña municipal a favor de las empeladas domesticas.
“Es importante dar a conocer los derechos de las trabajadoras domesticas, debido a que ellas tienen un impacto importante en la vida diaria de casi todas las personas”, indicó.
Sostuvo que es necesario tomar conciencia de la necesidad que las mujeres tienen de trabajar, muchas veces porque son madre y padre a la vez; “entonces se ha vuelto imposible para muchas de nosotras dedicar  suficiente tiempo al hogar, creo que es indispensable dar a conocer más a fondo las condiciones en que este trabajo se desarrolla en la vida cotidiana”.
Señaló que muchas veces las trabajadoras domesticas no cuentan con un contrato de trabajo, ni seguridad social y los salarios que obtienen son inferiores a los que se perciben en el mercado de trabajo.
“Ellas están discriminadas por tres condiciones; por ser mujer, por ser pobres, y por ejercer una labor que no es considerada como trabajo real; sin embargo existen un incumplimiento de las leyes laborales previstas para trabajadoras domesticas, debido al desconocimiento de normas jurídicas que regulan este tipo de relación laboral”, concluyó.

viernes, 14 de septiembre de 2012

Tres mujeres en su trinchera.



El Diario de Ciudad Victoria » Editoriales » Expediente
Viernes, 14 de septiembre de 2012 / 07:48
Azahel Jaramillo Hernández
El oficio de la política y de la administración pública –para que sea exitoso– requiere de gente preparada. Hoy, a unas horas de las fiestas patrias, hemos de referirnos a tres mujeres que en distintos ámbitos están haciendo su aportación a la fortaleza de Tamaulipas. Ellas son la maestra Libertad García, la licenciada Mary Valadéz y la licenciada Lupita Perea.

La maestra Libertad García de Danwing tiene la responsabilidad de encabezar el Instituto Tamaulipeco para la Cultura y las Artes, ITCA. La maestra nació precisamente un 15 de septiembre, de ahí se explica su nombre de pila, Libertad. Ha sido directora municipal de parques y jardines, directora municipal de servicios públicos, presidenta de la comisión estatal de los festejos del bicentenario de Independencia. Tiene estudios profesionales en historia y publicaciones diversas, así como su columna semanal El jardín de la Libertad. Actualmente con su equipo del ITCA emprende la organización del Festival Internacional Tamaulipas. Felicitaciones.

En los esquemas de gobierno, un secretario particular puede ser un facilitador para que las tareas se realicen o un obstáculo formidable para la marcha de los asuntos. La licenciada Mary Valadéz se ubica en el primer grupo como secretaria particular del coordinador de comunicación social del Gobierno estatal el victorense licenciado Guillermo Martínez García. Han de saber que Mary Valadéz, cuando no va a la oficina en fines de semana descansa haciendo adobes como maestra de cursos de danzón que ella instituyó en la Casa del Arte. Mañana cumple años. Si la conoce, felicítela.
Lupita Perea Almanza es el caso de una mujer que ha ocupado diversos espacios en la vida pública del estado, realizando tareas que van desde cargos partidistas, trabajos en el Infonavit hasta tareas en el cabildo donde actualmente es regidora. Lo suyo empero de siempre ha sido la gestión social, el conseguir apoyos para las familias más desprotegidas de su partido, el Revolucionario Institucional.

La regidora Lupita Perea, con licenciatura Trabajo Social, emprende ahora una campaña a favor de las llamadas trabajadoras domésticas. Nos comenta que actualmente en el país la población ocupada que presta servicios domésticos en los hogares asciende a un millón 243 mil 998 personas; de las cuales, 96.6 por ciento son mujeres. La mayoría de ellas se encuentran entre los 12 y los 29 años de edad, con promedio de 33.7 años.

Argumenta Perea que “es importante dar a conocer los derechos de las trabajadoras domésticas debido a que ellas tienen un impacto importante en la vida diaria de casi todas las personas. Debido a que últimamente se ha vuelto más común el que las mujeres de familia trabajemos, se ha vuelto imposible para muchas de nosotras dedicar suficiente tiempo al hogar, creo que es indispensable el dar a conocer más a fondo las condiciones en que este trabajo se desarrolla en la vida cotidiana”.
Y clarifica: “No cuentan con un contrato de trabajo, ni seguridad social y los salarios que obtienen son inferiores a los que se perciben en el mercado de trabajo, ellas están discriminadas por tres condiciones; por ser mujer, por ser pobres, y por ejercer una labor que no es considerada como trabajo real sin embargo existen un incumplimiento de las leyes laborales previstas para trabajadoras domésticas esto debido al desconocimiento de normas jurídicas que regulan este tipo de relación laboral, en México podemos decir que ,toda relación de trabajo se da entre dos sujetos identificables, por un lado el trabajador el cual la Ley Federal del trabajo lo reconoce como “aquella persona física que presta a otra, físico o intelectual, un trabajo personal subordinado” así como el patrón el cual el artículo diez dispone que “es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores”.
“Este tipo de trabajo, son considerados trabajos especiales y como resultado de este el Poder Legislativo, incorporó a la Ley Federal del Trabajo un título especial el sexto, en el que quedaron incluidas algunas relaciones especiales. Y entre estas tenemos a los trabajadores domésticos, con el fin sobre todo de precisar el mínimo de derechos y beneficios que deben disfrutar las personas en este trabajo”.

En el Diario Oficial de la Federación el uno de abril de 1970, señaló que “la reglamentación de los trabajos especiales está fundamentada por el artículo 181, en el que señala que se rigen por las normas que consignan para cada uno de ellos y por las generales de la Ley.

En Tamaulipas las organizaciones especializadas en la protección de los derechos de las empleadas domésticas son: La Comisión de los Derechos Humanos, el Instituto Estatal de la Mujer y sus filiales en cada municipio. A como están las cosas de violencia mañana hay que celebrar que estamos aquí. NOS VEMOS.
Azahel Jaramillo Hernandez
azahel_jaramillo@hotmail.com

miércoles, 12 de septiembre de 2012

Inician campaña municipal.


Inician campaña municipal


 1 
     

12 Sep 2012(16:03:06)

-Pugnan por respeto a los derechos de las trabajadoras domésticas 

Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA 

Victoria, Tamaulipas.-Porque las trabajadoras domésticas son el eslabón más débil de la cadena laboral, la Comisión de Equidad y Género en esta capital inicio desde esta semana una campaña en pro del reconocimiento a los derechos laborales más elementales para quienes se dedican al trabajo doméstico, así lo dio a conocer la Presidenta de dicha comisión, Guadalupe Perea Almanza.

Marcó que es importante dar a conocer los derechos de las trabajadoras domésticas debido a que ellas tienen un impacto importante en la vida diaria de casi todas las personas.

“Debido a que últimamente se ha vuelto mas común el que las mujeres de familia trabajemos, se ha vuelto imposible para muchas de nosotras dedicar suficiente tiempo al hogar, creo que es indispensable el dar a conocer mas a fondo las condiciones en que este trabajo se desarrolla en la vida cotidiana”.

Sustenta que el endeble panorama laboral de las ya mencionadas se pone en evidencia ya que no cuentan con un contrato de trabajo, ni seguridad social y los salarios que obtienen son inferiores a los que se perciben en el mercado de trabajo:

“ “Ellas están discriminadas por tres condiciones; por ser mujer, por ser pobres, y por ejercer una labor que no es considerada como trabajo real sin embargo existen un incumplimiento de las leyes laborales previstas para trabajadoras domesticas esto debido al desconocimiento de normas jurídicas que regulan este tipo de relación laboral”.

Explica que en México podemos decir que ,toda relación de trabajo se da entre dos sujetos identificables, por un lado el trabajador el cual la Ley Federal del trabajo , en su articulo octavo lo reconoce como “aquella persona física que presta a otra, físico o intelectual, un trabajo personal subordinado” así como el patrón el cual el articulo 10 dispone que “es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores”

Este tipo de trabajo, son considerados trabajos especiales y como resultado de este el poder legislativo, incorporo el la ley federal del trabajo un titulo especial el sexto, en el que quedaron incluidas algunas relaciones especiales entre estas tenemos a los trabajadores domésticos, con el fin sobre todo de precisar el mínimo de derechos y beneficios que deben disfrutar las personas en este trabajo.

martes, 11 de septiembre de 2012

LAS MUJERES Y SUS DERECHOS.





Cd. victoria Tamaulipas  11/09/12
Quisiera aprovechar el tema de las trabajadoras domesticas, para que se perciba una campaña municipal a favor de las empeladas domesticas, es importante dar a conocer los derechos de las trabajadoras domesticas debido a que ellas tienen un impacto importante en la vida diaria de casi todas las personas. Debido a que últimamente se ha vuelto mas común el que las mujeres de familia trabajemos, se ha vuelto imposible para muchas de nosotras dedicar  suficiente tiempo al hogar, creo que es indispensable el dar a conocer mas a fondo las condiciones en que este trabajo se desarrolla en la vida cotidiana.
No cuentan con un contrato de trabajo, ni seguridad social y los salarios que obtienen son inferiores a los que se perciben en el mercado de trabajo, ellas están discriminadas por tres condiciones; por ser mujer, por ser pobres, y por ejercer una labor que no es considerada como trabajo real sin embargo existen un incumplimiento de las leyes laborales previstas para trabajadoras domesticas esto debido al desconocimiento de normas jurídicas que regulan este tipo de relación laboral, en México podemos decir que ,toda relación de trabajo se da entre dos sujetos identificables, por un lado el trabajador el cual la Ley Federal del trabajo , en su articulo octavo  lo reconoce como “aquella persona física que presta a otra, físico o intelectual, un trabajo personal  subordinado” así como el patrón el cual el articulo 10 dispone que “es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores”
Este tipo de trabajo, son considerados trabajos especiales y como resultado de este el poder legislativo, incorporo el la ley federal del trabajo un titulo especial el sexto, en el que quedaron incluidas algunas relaciones especiales entre estas tenemos a los trabajadores domésticos, con el fin sobre todo de precisar el mínimo de derechos y beneficios que deben disfrutar las personas en este trabajo.
En el Diario Oficial de la Federación el 1° de abril de 1970, señalo que “la reglamentación de los trabajos especiales está fundamentada por el artículo 181, en el que señala que se rigen por las normas que de consignan para cada uno de ellos y por las generales de la Ley, en cuanto no las contraríen.
Los trabajadores domésticos
El estudio de la relación de servicios domésticos inevitablemente se orienta hacia la consideración de si es, totalmente o en cierto modo, una relación jurídica de trabajo. Durante muchos años en nuestro país se consideró que la regulación normativa y jurídica de este tipo de actividades debía hacerse bajo las pautas del derecho civil y no así de las normas de derecho del trabajo. Se reguló en forma especial el servicio doméstico como una de las formas del contrato de obras o prestación de servicios, tanto en el Código Civil de 1870, como en el expedido en 1884.
Afortunadamente, estas apreciaciones se modificaron en la Constitución federal de 1917 al considerar que en el trabajo doméstico, estamos en presencia de una verdadera relación jurídica de trabajo, de naturaleza contractual, y cuyo contenido se traduce en la prestación de servicios de carácter doméstico.
De esta manera, se considera que “trabajador doméstico” es aquel que con base en el artículo 331 realiza una labor de aseo, asistencia y, en general, los trabajos propios o inherentes al hogar de una persona o familia. (Es necesario diferenciar que, si la misma actividad sirve a los fines de una pensión familiar, y ese trabajo ayuda a generar un lucro, de inmediato el trabajador doméstico dejará de serlo para convertirse en un trabajador sujeto al régimen ordinario).
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
TÍTULO VI
Del trabajo y de la previsión social
Artículo 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
A) Entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos y, de manera general, todo contrato de trabajo.
I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas;
III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años;
IV. Por cada seis días de trabajo, deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos;
V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieran adquirido por la relación de trabajo.
VIII. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento;
XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen.
XXII. El patrono que despida a un obrero sin causa justificada estará obligado a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario.
XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

Ley Federal del Trabajo (LFT)
CAPITULO XIII
Trabajadores domésticos
Artículo 331.- Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.
Artículo 332.- No son trabajadores domésticos y en consecuencia quedan sujetos a las disposiciones generales o particulares de esta Ley:
I. Las personas que presten servicios de aseo, asistencia, atención de clientes y otros semejantes, en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanatorios, colegios, internados y otros establecimientos análogos; y
II. Los porteros y veladores de los establecimientos señalados en la fracción anterior y los de edificios de departamentos y oficinas.
Artículo 333.- Los trabajadores domésticos deberán disfrutar de reposos suficientes para tomar sus alimentos y de descanso durante la noche.
Artículo 334.- Salvo lo expresamente pactado, la retribución del doméstico comprende, además del pago en efectivo, los alimentos y la habitación. Para los efectos de esta Ley, los alimentos y habitación se estimarán equivalentes al 50% del salario que se pague en efectivo.
Artículo 335.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los salarios mínimos profesionales que deberán pagarse a estos trabajadores.
Artículo 336.- Para la fijación de los salarios mínimos a que se refiere el artículo anterior, se tomarán en consideración las condiciones de las localidades en que vayan a aplicarse.
Artículo 337.- Los patrones tienen las obligaciones especiales siguientes:
I. Guardar consideración al trabajador doméstico, absteniéndose de todo mal trato de palabra o de obra;
II. Proporcionar al trabajador un local cómodo e higiénico para dormir, una alimentación sana y satisfactoria y condiciones de trabajo que aseguren la vida y la salud; y
III. El patrón deberá cooperar para la instrucción general del trabajador doméstico, de conformidad con las normas que dicten las autoridades correspondientes.
Artículo 338.- Además de las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, en los casos de enfermedad que no sea de trabajo, el patrón deberá:
I. Pagar al trabajador doméstico el salario que le corresponda hasta por un mes;
II. Si la enfermedad no es crónica, proporcionarle asistencia médica entre tanto se logra su curación o se hace cargo del trabajador algún servicio asistencial; y
III. Si la enfermedad es crónica y el trabajador ha prestado sus servicios durante seis meses por lo menos, proporcionarle asistencia médica hasta por tres meses, o antes si se hace cargo del trabajador algún asistencial.
Artículo 339.- En caso de muerte, el patrón sufragará los gastos del sepelio.
Artículo 340.- Los trabajadores domésticos tienen las obligaciones especiales siguientes:
I. Guardar al patrón, a su familia y a las personas que concurran al hogar donde prestan sus servicios, consideración y respeto; y
II. Poner el mayor cuidado en la conservación del menaje de la casa.
Artículo 341.- Es causa de rescisión de las relaciones de trabajo el incumplimiento de las obligaciones especiales consignadas en este capítulo.
Artículo 342.- El trabajador doméstico podrá dar por terminada en cualquier tiempo la relación de trabajo, dando aviso al patrón con ocho días de anticipación.
Artículo 343.- El patrón podrá dar por terminada la relación de trabajo sin responsabilidad, dentro de los treinta días siguientes a la iniciación del servicio; y en cualquier tiempo, sin necesidad de comprobar la causa que tenga para ello, pagando la indemnización que corresponda de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49, fracción IV, y 50.

Ley del Seguro Social
Respecto a la legislación relacionada con el seguro proporcionado por el IMSS para el trabajador doméstico, regulada por la Ley del Seguro Social (DOF 21 de diciembre de 1995, reformas y adiciones, última reforma 20 de diciembre de 2001) en sus artículos 13 Fracción II; 222 Fracción II Inciso b); 223 al 226; 227 Fracción II; 228 Fracción I; 231 Fracción II y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (DOF: 1 de noviembre 2002) en los artículos 76; 77; 81 a 88, éste les corresponde a todos aquellos trabajadores que presten servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia. La inscripción será a solicitud expresa del patrón persona física a quien preste sus servicios.
Los seguros que ampara son riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, y retiro, cesantía y vejez. Quedan amparados tanto el asegurado como sus beneficiarios directos y el trámite se lleva a cabo en la subdelegación administrativa correspondiente al domicilio del patrón.
Jurisprudencia
Se encontró también una jurisprudencia respecto de los salarios otorgados a los trabajadores domésticos; la cual se cita a continuación:
Registro No. 227544
Localización:
Octava Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
IV, Segunda Parte-1, Julio a Diciembre de 1989
Página: 560
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
TRABAJADORES DOMESTICOS. SALARIOS DEVENGADOS Y NO CUBIERTOS, PACTO DE LOS.
El artículo 334 de la Ley Federal del Trabajo dispone que: "Salvo lo expresamente pactado, la retribución del doméstico comprende, además del pago en efectivo, los alimentos y la habitación. Para los efectos de esta ley los alimentos y habitación se estimarán equivalentes al 50% del salario que se pague en efectivo". Lo cual permite concluir que tratándose de los trabajadores domésticos, el monto de los salarios devengados y no cubiertos, debe ser equivalente al numerario que recibía, sin que pueda incluirse lo relativo a habitación y alimentos que constituye el cincuenta por ciento restante de su salario, porque al haber disfrutado estos últimos, quedaron cubiertos.

Cuestión Internacional
Existen acuerdos internacionales que contemplan a los trabajadores, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Cultural, que dice: la universalidad digna humana se alcanza sólo con el goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, y con el acceso a la seguridad social y a los servicios de educación, salud, vestido, alimentación y vivienda adecuada. . La Declaración de las Empleadas del Hogar dice: “Pedimos justicia y equidad para todas las empleadas del hogar, tanto si están legalizadas como si no; tanto externas como internas; tanto si son primera o segunda generación; tanto si han nacido en África como en Asia, Sudamérica como en Europa”. También se ha creado la Organización Internacional del Trabajo para proteger las condiciones laborales de los trabajadores. El 30 de marzo es el día internacional de la trabajadora doméstica.
Actualmente en muchos países existen legislaciones que contemplan específicamente a este tipo de trabajadores como: EEUU, Canadá, Brasil, Colombia, Paraguay, Perú y la Unión Europea. Se mencionaran algunos puntos esenciales que se refieren a los trabajadores domésticos en las legislaciones de Brasil y Paraguay, ya que estos países presentan condiciones sociales más parecidas que los otros países mencionados al inicio de este párrafo. No mencionaremos a Argentina porque este país no cuenta con una legislación que contemple a este tipo de de trabajadoras. De hecho no existe un código de trabajo, pues la legislación laboral se encuentra dispersa en diversas leyes.
Brasil: aunque no se les dan los mismos derechos que a los trabajadores urbanos y rurales, se reconoce la relación de trabajo que hay entre los empleadores y trabajadores domésticos. No existe una forma impuesta por la ley para la celebración del contrato, también es válida cualquier manifestación verbal o escrita que exprese el acuerdo de los contratantes. Se asegura al trabajador su pago independientemente de su edad, se le puede pagar en especie y con dinero. El trabajador debe ser asegurado de forma obligatoria en previsión social mediante contribuciones personales y del empleador. También tienen derecho a un descanso obligatorio remunerado de un día por semana, deben gozar de unas vacaciones por año de 20 días hábiles remunerados. Mensualmente el empleador debe aportar 8% de lo que paga a su cuenta de jubilación. Para terminar las relaciones de trabajo, cuando es inmotivado se debe de avisar 30 días antes al trabajador y podría cobrar las cuantías depositadas en el fondo de ahorro más 40% de multa que tendrá que pagar el empleador. Si el despido fue motivado el empleador no deberá pagar el 40% extra.
Paraguay: su ley general no especifica formalidades para reconocer la relación de trabajo, su Constitución Nacional Garantiza en el artículo 921º el pago de sus servicios. Es obligatorio que estos trabajadores gocen de seguro social, estos servicios pueden ser públicos o privados con la supervisión del Estado; concordantemente, el Código Laboral establece la obligación del Estado que con fondos propios y aportes de los trabajadores y empleadores, debe constituirse un sistema de seguros sociales. Los trabajadores domésticos tienen derecho a 8 horas diarias de descanso y 24 seguidas por semana, vacaciones obligatorias remuneradas de al menos 30 días, la compensación por tiempo de servicios no está regulada y tienen derecho a cobrar aguinaldo. Para terminar la relación de trabajo se debe avisar 30 días antes cuando trabajó menos de un año, y cuando trabajó de 1 a 4 años son 45 días de anticipación; en caso de no ser justificado el despido se deberá indemnizar como a cualquier trabajador, con 15 días de salario por año o fracción de seis meses.
Las organizaciones especializadas en la protección de los derechos de las empleadas domesticas en Tamaulipas son:
-La comisión de los derechos Humanos.
-el instituto estatal de la mujer.
-y las filiales en cada municipio.
En México, la población ocupada que presta servicios domésticos en los hogares asciende a 1 millón 243 mil 998 personas; de las cuales, 96.6% son mujeres. La mayoría de ellas se encuentran entre los 12 y los 29 años de edad, con promedio de 33.7 años.

Tres de cada cuatro trabajadoras domésticas tienen una jornada laboral menor a 48 horas y una de cada cuatro trabaja sobre jornadas. En promedio, las trabajadoras domésticas laboran 39.8 horas semanales.(datos proporcionados por el INEGI.
Los datos del INEGI indican que la mitad de los hogares de trabajadoras domésticas tienen como máximo un ingreso por persona de $600 mensuales. El cual es menor a medida que el tamaño del hogar es mayor. Los hogares unipersonales registran un ingreso per capita de $857 mensuales; en tanto, aquellos con 15 personas o más perciben $428.60. El 86.7% de los y las trabajadoras en el servicio doméstico perciben dos salarios mínimos o menos y sólo 0.6% más de cinco. Por sexo, 91.5% de las mujeres reciben menos de dos salarios mínimos o no reciben pago alguno, por 77.2% de hombres en igual situación. Aunque sólo el 3.4% de los trabajadores domésticos son hombres.
 A pesar de que el artículo 338 de la Ley Federal del Trabajo expresamente dice que, en caso de enfermedad, el patrón deberá “pagar al trabajador doméstico el salario que le corresponda hasta por un mes y proporcionarle asistencia médica entre tanto se logra su curación”, son mínimos los casos en los que las trabajadoras domésticas en verdad cuentan con este derecho.

Nuestras compañeras en la vida diaria sufren una injusticia por parte de sus patrones ya que el derecho se encuentra un poco alejado de la situación de las trabajadoras domesticas debido a que la legislación si protege a este tipo de trabajadoras, pero en la vida cotidiana no se ve inmiscuido de manera tangible por la falta del desconocimiento de sus derechos para su desarrollo laboral.

MÉXICO A TRAVÉS DE SUS BANDERAS.


Ayer 10 de Septiembre a las 9:30 am en el patio central del palacio 
Legislativo el Presidente de la Junta de coordinación política de la 51 legislatura del H.Congreso del Estado,Dip.Gustavo Rodolfo Torres Salinas. presento este valioso documento en investigación: Mtro. José Carlos Mora García.
Mtro.Francisco Ramos Aguirre.
FELICIDADES





lunes, 10 de septiembre de 2012

Trabajadoras domesticas están bien respaldadas: Regidora.


septiembre 10, 2012 | Comentarios 0 

Por: Eduardo castillo

FUENTE: CONTEXTO DE TAMAULIPAS

Luego que la directora de Instituto Municipal de la Mujer, Maricela Guajardo Maldonado, pidiera la creación de un sindicato para las trabajadoras domesticas en Victoria, alegando que es para proteger sus derechos, la regidora Guadalupe Perea Almanza, aseveró que ya existe un marco legal que cuida estos aspectos.
La presidenta de la comisión de equidad de género, dijo que actualmente ya están plasmados los aspectos referentes a este trabajo en el ámbito jurídico.
“Requieren de algunas solidaridades y apoyos, no se en donde este convocado ella, ojala que ella pueda ser representante, ante quien corresponda, de los derechos laborales de nuestras compañeras”, indicó.
¿Es factible un sindicato de trabajadoras domesticas?
“Claro que si, pero dejar muy claro en contexto sociopolítico de este tema, la compañera es la directora del Instituto Municipal de la Mujer, esta instancia tiene reglas y procedimientos jurídicos muy claros, y las funciones que de ahí emanen tienen que ver con los derechos de las mujeres, que hasta hoy se han cumplido”, respondió.
Sin embargo desconoció la labor de luchadora social, por parte de la funcionaria municipal, “Tanto el Instituto de la Mujer como la comisión de equidad de genero, nos hemos abocado a cumplir el plan nacional, cumpliendo con las demandas de las mujeres en el municipio.
Finalmente, sostuvo que si las trabajadoras domesticas logran organizarse y formar un sindicato, será muy loable, porque asentó, “todos tenemos derecho en este país a la organización y a la defensa de nuestros intereses”

sábado, 8 de septiembre de 2012

Día Internacional de la Alfabetización.


El 8 de septiembre la Asamblea General de las Naciones Unidas instituyó el Día Internacional de la Alfabetización.
En el mundo de hoy, uno de cada cinco adultos, de los cuales las dos terceras partes son mujeres, no ha sido alfabetizado y 72 millones de niños no están escolarizados.
En 1965, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (en inglés United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization, abreviado internacionalmente como Unesco) proclamó el 8 de septiembre Día Internacional de la Alfabetización.





jueves, 6 de septiembre de 2012

Día internacional por la ciudadanía de las mujeres


Martha Martínez | cimac  

       
NUEVA IDENTIDAD
6 de Septiembre.
Como resultado de la Campaña 180 días por 180 acciones, acordada por más de 150 mujeres de todo el mundo durante una reunión organizada por la Organización de Mujeres para el Medio Ambiente y el Desarrollo (WEDO, en inglés) en noviembre de 1994, se decidió que a partir de la Cuarta Conferencia Internacional de la Mujer, en 1995, se dedicaría el 6 de septiembre a ser el día internacional por la ciudadanía de las mujeres.

Esta decisión se debió a que el 6 de septiembre fue el día en que culminó la campaña 180 días por 180 acciones –iniciada el 8 de marzo- durante la cual se llevaron a cabo movilizaciones de mujeres en diversas partes del mundo para exigir el respeto al derecho a la igualdad.

Los motivos por los que mujeres de todo el mundo decidieron consagrar un día a su ciudadanía fue para pugnar porque los gobiernos mantengan y cumplan los compromisos que adquieren en las reuniones internacionales, al mismo tiempo que –junto con las Naciones Unidas–, tomando en cuenta las verdaderas necesidades de la población femenina, buscan promover cambios culturales y sociales en favor de la equidad de género.

De esta forma, con el día internacional por la ciudadanía de las mujeres se establece como un recordatorio de la creciente carga de pobreza y violencia que tienen que soportar millones de mujeres en el mundo, la desigualdad en la que viven para tener acceso a los servicios de educación y salud, y la violación al derecho a la propiedad de la tierra y al crédito.

El día internacional por la ciudadanía de las mujeres, asimismo, es un llamado para que se cumplan los acuerdos a los cuales llegaron 179 gobiernos en El Cairo, Egipto, durante la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, y los acuerdos de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, en inglés) donde se comprometieron a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres implementando mecanismos y políticas públicas que garantizaran el acceso equitativo a la educación, la participación política y los servicios de salud.

Lo anterior, con el afán de construir una realidad diferente que parta de reconocer que las personas solo pueden nacer y vivir sanas si cuentan con derechos humanos básicos como la paz, la educación, los ecosistemas, la igualdad y la justicia social.

viernes, 31 de agosto de 2012

CALENDARIO DE SEPTIEMBRE 2012

(...) no solo el amor es el móvil de las acciones de las mujeres:que ellas son capaces de todos los entusiasmos, y que los deseos de la gloria y de la libertad de la patria no les son unos sentimientos extraños (...).
Leona Vicario.
SEPTIEMBRE.








SEPTIEMBRE.
16 septiembre.
202 Aniversario de la Independencia de México.
A pesar de la amplia participación de las mujeres en la lucha Independentista de México,sus aportaciones para la construcción de la nación han sido invisibles en la historia;solo se conocen algunos casos emblemáticos,dos o tres nombres ,cuando sabemos que muchas contribuyeron con recursos,con trabajos desde la cocina ,hasta el mismo frente de batalla.





Reunión de avance..



Reunión de avance de "Vive Mujer para construir la primera parte del Complejo Papalotl - Refugio Vive Mujer"
GRACIAS POR ACOMPAÑARNOS!!!!






martes, 21 de agosto de 2012

UNION,CONCIENTIZACIÒN ,PRAXIS.

El Trabajo Social es 
una profesión comprometida con la vida, la persona humana y sus derechos...
Caracterizada por la aceptación y el 
respeto por las diferencias culturales, 
educativas, de pensamiento u otras. 
Que pone su metodología y técnica,
a disposición de la realización y plenitud del hombre involucrado en distintas circunstancias del
acontecer social.
Su aproximación a la realidad y quehacer posibilitan el abordaje individual, grupal o comunitario...

Hoy en el Día del Trabajador Social,comparto un momento de gran satisfacción como estudiante de trabajo social,que en mucho agradezco a todos mis maestros pero en especial a quien tuvo la suficiente paciencia para formarme en esta área a  la Lic. Yoliria Hoch Gonzalez y el Lic. David  Rivera Sanchez.

MUCHAS FELICIDADES A TODOS MIS COMPAÑEROS TRABAJADORES SOCIALES EN SU DIA!!
























































































viernes, 17 de agosto de 2012

EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORA

A través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica 
Convoca al  
“Concurso Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil para impulsar el liderazgo político de 
las mujeres 2012-2013”  bajo las siguientes  
B A S E S
  
PRIMERA
El Concurso tiene como objetivo general  impulsar el liderazgo político de las mujeres e 
incentivar su participación en los asuntos públicos para resolver problemáticas que les afectan,
mediante la instalación de habilidades y capacidades en las personas a través de la adaptación e 
instrumentación del Modelo de Educación para la Participación Equitativa (MEPE) -desarrollado 
por el IFE- en  corresponsabilidad con organizaciones sociales con experiencia demostrable en la 
instrumentación de proyectos con enfoque de género.
Para su logro, el proyecto que propongan las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) deberá 
estar orientado a cumplir los siguientes objetivos: 
1. Promover la construcción de ciudadanía mediante el desarrollo de capacidades para 
garantizar la participación política de las mujeres y sus liderazgos en condiciones de 
igualdad. 
2. Desarrollar capacidades y habilidades que garanticen la adecuada comprensión y 
apropiación de las reglas y procedimientos democráticos.  
3. Dotar de herramientas que permitan a la  población participante corresponsabilizarse de 
manera activa de la vigilancia y rendición de cuentas de programas y políticas públicas 
para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 
4. Capacitar a integrantes de organizaciones sociales y líderes comunitarios para que 
promuevan la participación  de las mujeres como multiplicadoras del MEPE. 
5. Construir propuestas de adaptación del MEPE que puedan ser replicadas en condiciones 
similares. 
El proyecto podrá atender de manera prioritaria uno o varios de los anteriores objetivos, en 
función de la problemática identificada.
SEGUNDA


Podrán participar organizaciones mexicanas de la sociedad civil con experiencia comprobable en
el desarrollo de proyectos con enfoque de género en campos de formación, investigación,
capacitación o incidencia, para impulsar el ejercicio de derechos en condiciones de igualdad, el
liderazgo y/o el empoderamiento de las mujeres.
Las organizaciones participantes, deberán acreditar capacidad instalada para el desarrollo del
proyecto propuesto, así como la información curricular manifestada, de conformidad con los
requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Concurso, publicadas en www.ife.org.mx.
Deberán abstenerse de participar las organizaciones cuyos directivos o representantes tengan
vínculos familiares o de negocios con personas que laboran en el Instituto Federal Electoral, en
partidos políticos nacionales o locales, así como aquellas que realicen proselitismo políticoelectoral o religioso.

TERCERA

Las organizaciones deberán diseñar su proyecto con base en el Modelo de Educación para la
Participación Equitativa y apegándose a las Reglas de OLas organizaciones deberán diseñar su proyecto con base en el Modelo de Educación para la
Participación Equitativa y apegándose a las Reglas de Operación del Concurso, ambos
publicados en www.ife.org.mx.
El Proyecto que presenten las organizaciones deberá incluir, al menos:
a) Población  objetivo y cobertura.
b) Objetivo General y objetivos específicos.
c) Planteamiento del problema a atender de la población objetivo, especificando:
 Delimitación del espacio territorial de intervención
 Identificación de obstáculos que limitan la participación política en igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres.
 Explicitación de brechas de género existentes
 Delimitación de necesidades de formación que permitan atender la problemática
identificada.
d) Justificación
e) Propuesta de adaptación del MEPE en la que se describan los objetivos de cada una de
las sesiones y se adapten los contenidos de aquellas que se consideren pertinentes para
atender las necesidades de formación identificadas para alcanzar los  objetivos del
proyecto. La adaptación deberá hacerse con base en la guía de sesiones del MEPE, la
cual podrá ser modificada en función del perfil y conocimientos previos de la población
participante, así como del objetivo del proyecto.
f) En la adaptación podrá modificarse el número de sesiones, siempre y cuando se
mantengan completas las que comprenden el Módulo 4 y el proceso no se reduzca a
menos de 10 sesiones. Asimismo, las organizaciones podrán proponer contenidos de un
nuevo módulo que atienda de manera específica los objetivos y la problemática del
proyecto.
g) Definición puntual del número de grupos a los cuales se impartirá el proceso formativo,
considerando que cada grupo deberá estar conformado por un mínimo de 15 personas y 3
un máximo de 30.  El proyecto debe considerar la impartición completa a cada uno de
los grupos, del número total de sesiones del Taller que resulte de la adaptación.
h) Definición del o los objetivos específicos descritos en la Base Primera en los cuales se
hará énfasis en función de la problemática identificada.
i) Cronograma de actividades.
j) Presupuesto para llevar a cabo la intervención educativa y el proceso derivado de éste.
k) Metas e indicadores para evaluar el impacto del proyecto.

CUARTA

Podrán participar únicamente organizaciones con más de dos años de constitución legal al 1º de
septiembre de 2012 y cuya figura legal sea Asociación Civil, Sociedades de Solidaridad Social,
Institución de Asistencia Privada, Cooperativas u Organizaciones de la Sociedad Civil  que estén
inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de Sociedad Civil y cuenten con Clave única
de Inscripción en el Registro (CLUNI).
No podrán participar las organizaciones que hayan resultado ganadoras del Concurso Nacional
de Organizaciones de la Sociedad Civil para el desarrollo de procesos educativos que atiendan
problemáticas que limitan la participación política y social de las  mujeres en condiciones de
igualdad 2011-2012. Debido a que éstas aun tienen proyectos en ejecución, con presupuesto
otorgado por el Instituto.
Únicamente se podrá participar con un proyecto por organización.
El IFE se reserva el derecho de no dictaminar como ganadoras a organizaciones de la sociedad
civil  que no hayan entregado los productos o hayan incurrido en faltas a los compromisos
establecidos en los convenios derivados de ediciones anteriores del concurso.

QUINTA

El proyecto a desarrollar por parte de las organizaciones deberá estar dirigido a grupos de
población mayores de 18 años de edad, que podrán ser conformados por personas de diversos
sectores sociales, culturales y étnicos de la población, que tengan un papel activo para la
consecución de los objetivos del proyecto, entre las que pueden estar personas de reconocido
prestigio en su comunidad, líderes sociales, grupos de mujeres y hombres organizados o con
experiencia de incidencia previa, entre otras.

SEXTA

Las organizaciones deberán entregar el material para participar en un sobre cerrado (sobre
exterior) que indique en su exterior un seudónimo para registrar a la organización participante,
con su respectivo domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, entidad
federativa y código postal). 4
Al interior de este sobre, se deberá incluir:



a) Un primer sobre cerrado que contenga un ejemplar impreso del proyecto y un disco
compacto con la versión electrónica del mismo. Es importante que tanto el documento
impreso como el disco compacto señalen en su carátula el seudónimo de la organización
que presenta el proyecto, asimismo, el documento impreso deberá estar rubricado con
el seudónimo en todas sus hojas.
Con el fin de privilegiar la valoración del proyecto bajo los principios de objetividad e
imparcialidad que rigen al Instituto Federal Electoral, garantizando así un proceso
transparente de evaluación y dictamen, por ningún motivo el texto del proyecto deberá
contener el nombre o siglas de la organización, ni sellos o membretes en las hojas de
presentación del proyecto. No se procederá a la evaluación de proyectos que contengan
el nombre, siglas o sellos de la organización, ya sea en su versión impresa o en la versión
electrónica.
b) Un segundo sobre cerrado que contenga en su interior los siguientes documentos:
 Formato de registro en el que se proporcionarán todos los datos de
identificación y contacto de la organización civil participante, de su
representante legal y de la persona responsable del proyecto.
 Formato de información curricular, acompañado de copias de la documentación
que acredite la información curricular de la organización. Los formatos se
encuentran disponibles en la página de internet del IFE (www.ife.org.mx).
 Copia de la credencial para votar con fotografía o de una identificación oficial
vigente del representante legal de la organización y del responsable del
proyecto.
 Copia fotostática legible y completa del Acta Constitutiva de la Organización
Civil, y, en su caso, de las reformas realizadas a sus estatutos subrayando con
marcador el objeto social de la OSC y el nombre del representante legal. En caso
de ser distinto, anexar copia del documento que acredite la representación legal
de la organización.
 Copia legible del Registro Federal de Contribuyentes de la organización.
 Copia legible de un comprobante de domicilio de la organización, con una
antigüedad no mayor a un mes.
 Clave Única de Inscripción en el Registro (CLUNI).
El sobre que contenga todo lo señalado en los incisos anteriores deberá enviarse por servicio
postal o de mensajería al siguiente destinatario:
“Concurso Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil para impulsar el liderazgo
político de las mujeres 2012-2013”. Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y
Educación Cívica del IFE.  Viaducto Tlalpan número  100 Edificio “C”, 3er piso, Col.
Arenal Tepepan, Delegación Tlalpan, C.P. 14610, México, D.F.5
O bien, entregarse personalmente en horas hábiles en el domicilio anterior, en las oficinas de
las Juntas Locales Ejecutivas del Instituto en las 32 entidades federativas,  o en las oficinas de las
300 Juntas Distritales Ejecutivas, cuyos domicilios y horarios se pueden consultar en la página
www.ife.org.mx o en IFETEL 01 800 4 33 2000.
Para mayor información sobre la Convocatoria, el Modelo de Educación para la Participación
Equitativa o las Reglas de Operación del Concurso, las organizaciones interesadas podrán
dirigirse al correo electrónico:  participacion.democratica@ife.org.mx  o bien a los teléfonos 56
28 44 20 o 56 28 47 36 de la ciudad de México.

SÉPTIMA

El plazo para entrega de proyectos vence el  12 de septiembre de 2012 a las 18:00 horas.
Para la recepción de proyectos se tomará en cuenta la fecha que establezca el sello postal, el
recibo del servicio de paquetería, o el acuse de entrega en las oficinas del IFE.

OCTAVA

Los proyectos recibidos serán dictaminados por un  Comité conformado por especialistas
externos y funcionarios del IFE de acreditada experiencia en materia de formación ciudadana y
perspectiva de género.
El fallo del Comité  será inapelable y éste tendrá la facultad de declarar desierto el concurso.

NOVENA

Los criterios para evaluar si un proyecto es elegible para recibir financiamiento son:
 Cumplir con los objetivos y las especificaciones definidas en esta convocatoria y en las
Reglas de operación del Concurso.
 Que el proyecto sea congruente entre sus diferentes apartados.
 Que considere propuestas de innovación y condiciones de replicabilidad.
 Que el  presupuesto solicitado sea acorde a los objetivos, los productos y a las
actividades descritas en el proyecto.
 La inclusión de un mecanismo de seguimiento y evaluación que permita medir el
cumplimiento de sus objetivos y evaluar su impacto.

DÉCIMA6

Las organizaciones ganadoras, obtendrán apoyo económico para la implementación de su
proyecto, para lo cual se formalizará un Convenio de Apoyo y Colaboración en el que se
establecerán los compromisos por parte de la organización y del IFE para el desarrollo del
proyecto y la programación, condiciones y forma de entrega del recurso económico. El convenio
además establecerá las condiciones necesarias para que el IFE vigile el oportuno cumplimiento
de cada una de las etapas del proyecto, la apropiada aplicación de los recursos otorgados y los
mecanismos necesarios para una adecuada rendición de cuentas.

DÉCIMA PRIMERA

El periodo de ejecución de los proyectos,  deberá iniciar en el mes de enero  de 2013 y concluir
a más tardar el 31  de agosto de 2013, por lo cual el cronograma de actividades que incluya
tanto el proceso educativo, como las acciones de organización o incidencia que se pretendan
impulsar, deberán programarse para ese periodo. Los recursos deberán proyectarse para ser
ejercidos en su totalidad en dicho periodo.

DÉCIMA SEGUNDA

El listado de los proyectos que resulten ganadores se publicará en  la página de internet del
Instituto Federal Electoral www.ife.org.mx el viernes 19 de octubre de 2012.

DÉCIMA TERCERA

El IFE destinará para esta convocatoria $10’000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M. N.),
de los cuales el 75% será entregado durante el año fiscal 2012 y el 25% restante durante el año
fiscal 2013, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
La cantidad que el IFE otorgue a las organizaciones ganadoras podrá ascender a un monto de
hasta $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) por proyecto. El número total de
proyectos seleccionables será hasta cubrir el presupuesto destinado.
El presupuesto planteado será valorado en función de los objetivos, la cobertura, las
condiciones geográficas,    los alcances del proyecto y de conformidad con establecido en las
Reglas de Operación.
El Comité podrá dictaminar la selección de proyectos condicionada a la aplicación de ajustes
tanto en el proyecto como en el presupuesto planteado.
En los Convenios de Apoyo y Colaboración se establecerán las fechas y el monto de las
parcialidades para el otorgamiento del apoyo económico. Para la formalización del convenio y la
entrega de los apoyos económicos, las organizaciones deberán presentar la totalidad de la
documentación que el IFE les solicite, así como el recibo que cumpla con los requisitos fiscales
señalados en los artículos 29 y 29A del Código Fiscal de la Federación. 7
La última ministración, será contra entrega del informe parcial y la documentación requerida
indicada en las Reglas de Operación del Concurso, lo cual se establecerá en el Convenio de
Apoyo y Colaboración que se firme con cada organización. Las organizaciones que no cumplan
con los compromisos establecidos en los Convenios de apoyo y colaboración, dejarán de recibir
los recursos financieros establecidos en dichos convenios y, en su caso, deberán reintegrar los
recursos recibidos al Instituto Federal Electoral, en los tiempos establecidos en el mismo.

DÉCIMA CUARTA

Las organizaciones participantes deberán ejercer los recursos recibidos y presentar al Instituto
Federal Electoral la comprobación de los mismos, de conformidad con las Reglas de Operación
del Concurso y apegarse a éstas durante  todo el periodo de ejecución del proyecto.

DÉCIMA QUINTA

El IFE definirá el proceso de acompañamiento a la instrumentación de los proyectos, así como el
seguimiento y evaluación durante el periodo de implementación, por lo que las organizaciones
ganadoras tendrán la obligación de presentar toda la información que se les requiera.  Cualquier
cambio que sea necesario realizar al proyecto durante su ejecución (por causas ajenas a la
organización), deberá notificarse de inmediato por escrito al Instituto, a través de la Dirección
de Educación Cívica y Participación Ciudadana, instancia que valorará la pertinencia de los
cambios, siempre y cuando estén debidamente justificados y no afecten el logro de los objetivos
y cumplimiento de metas originalmente planteadas.

DÉCIMA SEXTA

Las organizaciones ganadoras darán crédito al IFE en los productos y actividades que se generen
durante la instrumentación de los proyectos y autorizarán el uso y difusión, sin costo alguno
para el Instituto, de los recursos didácticos que, en su caso, diseñen como parte de sus
adaptaciones del MEPE, así como el uso de imágenes fotográficas y de video, captadas durante
la implementación de los proyectos.

DÉCIMA SÉPTIMA

Los asuntos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Dirección Ejecutiva
de Capacitación Electoral y Educación Cívica del IFE, previa consulta con los Consejeros
Electorales integrantes de la Comisión del ramo.


http://www.ife.org.mx/portal/site/ifev2/Detalle_Concursos_y_Eventos/?vgnextoid=694ba1d480ef8310VgnVCM1000000c68000aRCRD





lunes, 13 de agosto de 2012

Pago del recibo de luz, entre los principales generadores de violencia familiar



 1 
     

8 Ago 2012(15:23:05)

-Se vive el bimestre más caro

Benny Cruz Zapata/EnLíneaDIRECTA

Victoria, Tamaulipas.-El pago del recibo de energía eléctrica se encuentra entre las causales de la violencia familiar en la capital de Tamaulipas; ya que de acuerdo a las quejas que las mujeres han presentado a la Comisión de Equidad y Género, muchas de ellas han sufrido maltrato verbal cuando llega al recibo.

Al compartir lo anterior la Presidenta de dicha Comisión, Guadalupe Perea Almanza menciona que en este contexto se han incluso entrevistado con el super intendente de la Comisión Federal de Electricidad, Gabriel Navarrete Navarro a quien le han expuesto el panorama, logrando que en varios casos se realice evaluación doméstica del servicio a fin de detectar o corregir fugas de energía:

“EL pago del recibo de luz es una pesadilla colectiva, pero hace crisis en aquellas familias en donde no se tienen recursos suficientes para solventar el gasto, entonces las mujeres principalmente llegan a esconder el recibo porque en cuanto le dicen al esposo cuanto les llego de luz, la emprenden contra sus esposas, incluso contra los hijos”.

Expone que aún cuando no hay justificante que valga para maltratar a una mujer, estas mismas llegan a confesar que los pleitos se dan por la desesperación de no tener para pagar ele servicio.

Por lo antes mencionado señala que es tiempo de que los representantes populares concreten la lucha por tener para la capital del estado tarifas justas:

“Victoria es una de las ciudades en donde el calor es insoportable, por lo que se hace necesario el uso de aire acondicionado, lo que se ha convertido en un lujo muy caro, no es posible que se tengan tarifas justas cuando la temperatura es en ocasiones de más de 40 grados”.

Concluye señalando que ahora que va a haber nuevos Diputados federales y Senadores , cumplan con el reclamo que toda la población tiene sobre las tarifas de luz justas. 

¡México cambia!



El Diario de Ciudad Victoria » Editoriales » Desde Esta Esquina

¡México cambia!


Lunes, 13 de agosto de 2012 / 07:56
Melitón Guevara Castillo
México es otro. México ha cambiado: el triunfo de la Selección Olímpica de futbol es uno de los signos; pero además, al observar, otros escenarios, como el político, el religioso, entre otros, tenemos que reconocerlo. El México de nuestros hijos no es igual al que, como jóvenes, vivimos, por ejemplo en la década de los 70.
¿Qué está cambiando en México? Creo que la mentalidad. Atrás quedan las explicaciones psicológicas de Samuel Ramos, José Vasconcelos y Antonio Caso, los precursores de la “mexicanidad” y además la visión que del extranjero tenían de nosotros: Alan Riding, en Vecinos Distantes, llego a establecer que nuestra característica principal es que no sabemos jugar en equipo.
México ha cambiado. En el escenario político, por ejemplo, en la década de los 70 se vivía la “Dictadura Perfecta” (Vargas Llosa) o la “Monarquía transexenal hereditaria en línea transversal” (Daniel Cossío Villegas). Hoy, ya vivimos la alternancia política y un Poder Legislativo que sólo avanza cuando hay consensos y acuerdos, es decir, civilidad política.
Nuestra generación vivió la etapa de la inexistencia de una oposición real. No ganaban ni las diputaciones y por eso nacieron las “plurinominales”, para oxigenar la democracia; la generación de nuestros hijos, el hoy, vive una época donde la figura presidencial ya no es omnipresente ni omnímoda; la crítica ya es cosa normal, de todos los días. La intolerancia ha dejado su lugar a la tolerancia político-ideológica.
El cambio que se está viviendo tiene un sustento: en la conciencia se han fijado nuevos valores y nuevas interpretaciones, se han desarrollado cambios en las actitudes. De los futbolistas, por ejemplos, les llamaban los “ratones verdes”; hoy, en ese cambio, les vimos atacar en todo momento, y, obvio, defender de manera contundente cuando fue necesario. Fueron otros.
Ese cambio de mentalidad de los futbolistas también lo vemos en los jóvenes de hoy. Basta señalar que el proceso electoral tomó un rumbo diferente cuando un grupo de jóvenes demandaron “equidad informativa”, y lo más significativo, que esa actitud nace y se desarrolla en una institución educativa que, por su naturaleza, está más comprometida con el status quo, con la burguesía, con las elites políticas y económicas del país.
El México de la generación de mi juventud es diferente al de nuestros hijos. Espero, deseo, anhelo, que el México que vivan nuestros nietos sea, sí, muy pero muy diferente al nuestro: que haya más participación ciudadana, menos corrupción, gobiernos más eficaces, más responsables y una sociedad más comprometida con el cambio, con la democracia y el desarrollo sustentable.
CONTRAESQUINA
Egidio Torre Cantú a todo momento busca evidenciar que el trabajo de Gobierno se hace en “equipo”. Por eso, cuentan, vieron el partido de futbol donde México obtuvo oro olímpico. Ya visto en el plano gubernamental, a esa condición -de jugar en equipo- obedecen los recientes cambios… así como los ajustes que se hacen a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal: reforzar las líneas de acción y cumplir la promesa de hacer de Tamaulipas un Estado Fuerte.
Este domingo es el Día Internacional de la Juventud. Y en este contexto José Cárdenas Castillejos, como líder del PRI municipal, entiende a los jóvenes, los integra e impulsa a los trabajos partidistas, ofreciéndoles una agenda que integra sus demandas y necesidades. Mayra Benavides Villafranca, como líder municipal del frente juvenil, hace bien su trabajo de activista política. Es otro cambio: hoy los jóvenes participan en política.
Guadalupe Perea Almanza siempre se ha caracterizado por ser una luchadora y defensora de los derechos humanos, pero sobre todo los de la mujer. De ahí que hace una exhortación a que las instancias gubernamentales operen de manera eficaz, eficiente. Y resulta, señala, que el Instituto de la Mujer no tiene titular, por lo que no se sabe qué hace, qué planes tiene ni con qué recursos cuenta. Queda, pues, para el apunte.
Comentarios:
meligue@prodigy.net.mx